A la espera de un nuevo día de descanso establecido por el calendario oficial, los trabajadores mercantiles gozan este lunes del feriado por el Día del Empleado de Comercio.

La jornada en conmemoración de los trabajadores de comercio es el 26 de septiembre, que este año cayó jueves, pero fue trasladado al lunes.

El Día del Empleado de Comercio se celebra cada 26 de septiembre desde la sanción de la Ley 26.541, el 11 de noviembre de 2009.

Este año,  algunos supermercados, tiendas de ropa o calzado, bazares, kioscos, jugueterías, almacenes y shoppings van a permanecer cerrados, ya que «los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales», según indica el artículo 2 de la ley.

Quienes trabajan en el rubro pueden gozar del día feriado y tienen derecho a no trabajar ese día. Los dueños que decidan levantar la persiana pueden hacerlo, pero si convocan a empleados para trabajar deben pagar la jornada como un día feriado.

El Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) de los empleados de comercio considera como tales a las personas que realizan tareas de maestranza y servicios, tareas administrativas, personal auxiliar que realice tareas de reparación, auxiliares especializados y personal de ventas. (NA)


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