El Gobierno promulgó la Ley 27.828, que modifica el Régimen de Zona Fría, restringiendo los subsidios en las tarifas de gas, reordenando deudas del mercado eléctrico con CAMMESA, y prorrogando incentivos a las energías renovables.
La reforma fue formalizada mediante el Decreto 1161/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, sustituyendo el artículo 75 de la Ley 25.565 para redefinir el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas.
El esquema mantiene compensaciones tarifarias a proveedoras por ventas de gas natural y Gas Licuado de Petróleo (GLP) a distribuidoras en la Patagonia, en Malargüe y en la Puna, cubriendo también la venta de garrafas, cilindros y GLP a granel en dichas zonas.
Para el resto de las subzonas bioambientales contempladas, la bonificación en el gas por redes se aplicará exclusivamente sobre los Consumos Base de usuarios residenciales bajo el nuevo Régimen de Subsidios Focalizados.
En este sentido, los hogares de las zonas agregadas en 2021 ya no conservarán un descuento automático solo por su ubicación y para acceder al beneficio, deberán cumplir con al menos uno de los siguientes criterios:
• Ingresos netos del hogar iguales o inferiores a 3 Canastas Básicas Totales (CBT) para un «Hogar 2» según el INDEC.
• Contar con un integrante con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP).
• Contar con un integrante titular de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra de Malvinas.
• Tener un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sujeto a evaluación de necesidad de ayuda económica por la Secretaría de Energía.
El régimen se financiará con un recargo de hasta el 7,5 % sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. Quedan exentas las exportaciones de gas o GNL y el GNL importado y regasificado.
El recargo será percibido por los productores e ingresado a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), estableciendo la vigencia del régimen hasta el 31 de diciembre de 2031.
