El juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata dictó una medida cautelar en el conflicto que existe entre IOMA y la Federación de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y otros establecimientos de la Provincia de Buenos Aires.

La resolución judicial se produjo tras la presentacion hecha por Guido Lorenzino, en su carácter de Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

El funcionario se presentó ante la justicia en el marco de una Acción Preventiva de Daños, por la cual se pretende prevenir el riesgo de daño en la salud que corren las afiliadas y afiliados bonaerenses afectados por el incumplimiento recíproco del convenio entre IOMA y la Federación de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y otros establecimientos de la Provincia de Buenos Aires (FECLIBA) y la Clínica 25 de Mayo de Organización Médica Atlántica S.A., Clínica Colón S.A., y Clínica Pueyrredón S.A, todas de la localidad de Mar del Plata.

Lorenzino peticionó que se ordene a las citadas entidades garantizar en forma ininterrumpida la continuidad de las prestaciones.

Por lo expuesto, Lorenzino solicitó al efecto el dictado de una medida de carácter precautelar por la cual se disponga a favor de los afiliados al IOMA que requieran los servicios, la atención, consulta médica, y/o toda otra prestación.


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