La comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados iniciará el próximo jueves el debate del proyecto de ley del Poder Ejecutivo que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica para sectores con menores ingresos.

La reunión del grupo de trabajo que preside el oficialista Carlos Heller se realizará desde las 11 en el edifio Anexo y contará con las exposiciones del titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto; de la subsecretaria de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, Claudia Ballestrini y del director general de Aduana, Guillermo Michel.

El proyecto impulsado por el ministro de Economía, Sergio Massa, ingresó el viernes a la tarde a la Cámara de Diputados y la intención del oficialismo es poder darle media sanción durante octubre, según confiaron a Télam fuentes parlamentarias.

El proyecto de 9 artículos aclara que lo dispuesto comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.

El artículo 1 estableció que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.

Asimismo, serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

El proyecto aclara también que “están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes indicadas en el presente artículo en el marco de la “Tarjeta Alimentar” o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-“Potenciar Trabajo”.

En el artículo 4 del proyecto se aclara explícitamente que “el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21 por ciento del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes». (Telam)


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