El Juzgado en lo Contencioso Administrativo 1 desestimó el pedido de la Cámara Empresaria del Transporte Automotor de Cargas de Mar del Plata (C.E.T.A.C.) contra la ordenanza municipal que creó la tasa de mantenimiento de red vial, por la que se incrementó un 3% el valor neto de impuestos del combustible líquido en Mar del Plata.

La entidad había solicitado la semana pasada, una medida cautelar con el objeto de que se suspenda preventivamente la ordenanza mientras dura el proceso judicial.

La acción radicó ante el Juzgado a cargo del Dr. Simón Isaach que, este miércoles, desestimó ese pedido.

El magistrado argumentó que para el otorgamiento de una medida cautelar «debe ponderarse, exclusivamente, el patrimonio de quien acciona, en el caso la Cámara Empresaria de Transporte Automotor de Cargas de Mar del Plata».

En tal sentido, planteó que este tipo de organizaciones no puede formular acciones tendientes a la defensa de los intereses patrimoniales individuales de sus integrantes.

«Asimismo, la legitimación colectiva que intenta asumir no presenta hasta aquí rasgos suficientes para la protección de los intereses de la colectividad. Desde esta perspectiva, es decir, tomando en consideración solo a la Cámara actora, estimo -siguiendo el criterio de la alzada local- que ésta no ha brindado razones suficientes que -frente a la cuantía del incremento establecido por la ordenanza (que estima en el 3% del valor neto de los combustibles)- justifiquen excepcionalmente impedir de modo anticipado la aplicación de la misma», continuó.

Desde la Cámara habían afirmado que «la ordenanza, ya en plena ejecución, está causando un grave perjuicio al sector del
transporte Automotor de Cargas y a la ciudadanía en general toda vez que este nuevo ‘impuesto’ que ha creado el municipio impacta fuertemente en los costos del combustible -principal insumo de nuestra actividad-, de aquellas empresas que recargan en las estaciones
de servicio de nuestra ciudad».


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