La Justicia declaró inconstitucional el decreto del presidente Javier Milei que frenó el Financiamiento Universitario y ordenó su inmediata aplicación. Se trata de una resolución del juez federal, Martín Cormick, que hizo lugar a los amparos del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

En concreto, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 invalidó la cláusula del decreto 759/2025 que supeditaba la ejecución de la ley a la definición de los recursos presupuestarios. La declaración de inconstitucionalidad alcanza la expresión “sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N°24.629”.

Además, Cormick dispuso que el Poder Ejecutivo dicte las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para garantizar el “cumplimiento inmediato de la Ley de financiamiento universitario”. Se trata de una sentencia de primera instancia.

El Gobierno había utilizado esa disposición para promulgar la norma, después de que el Congreso rechazara el veto presidencial, pero mantener suspendida su aplicación. Su argumento era que los legisladores debían establecer las fuentes de financiamiento e incorporar las partidas correspondientes al presupuesto nacional.

Cormick consideró que el mecanismo utilizado por el Ejecutivo constituía un “mecanismo extraconstitucional” para bloquear la ejecución de una ley que había sido ratificada por ambas cámaras.

En sus fundamentos, señaló que el artículo 9 de la Ley 27.795 ya contempla herramientas para financiar las medidas. Ese apartado dispone la adecuación de partidas presupuestarias y permite utilizar los ingresos corrientes que se recauden por encima de lo previsto en el presupuesto, sin afectar la coparticipación de las provincias ni los aportes del Tesoro Nacional.

El magistrado también mencionó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso, según la cual el costo de la norma para 2025 representaba el 0,23% del Producto Bruto Interno (PBI).

La disputa comenzó después de la aprobación de la ley, en agosto de 2025. Milei la vetó, pero Diputados y el Senado reunieron los votos necesarios para insistir con la sanción. En octubre de ese año, el Ejecutivo la promulgó mediante el decreto que ahora fue cuestionado por la Justicia, con la condición presupuestaria que impedía su ejecución.

Los reclamos por los salarios y las becas universitarias


El nuevo fallo se suma a las resoluciones que Cormick había dictado para exigir el cumplimiento de la cautelar sobre salarios docentes y no docentes y becas estudiantiles. Esa medida alcanza los artículos 5 y 6 de la ley.

El 30 de septiembre, el juez volvió a darle al Gobierno cinco días para cumplir con esas obligaciones, bajo apercibimiento de sanciones económicas. Si bien reconoció que el Ejecutivo había presentado documentación sobre paritarias y órdenes de pago, consideró que solo había acreditado un cumplimiento parcial.

La Casa Rosada había pedido que se revocara la intimación y se dejara sin efecto la posibilidad de aplicar multas. En su presentación, sostuvo que los aumentos salariales acumulados desde diciembre de 2023 llegaban al 226,8% y superaban la inflación del período que tomó como referencia. También informó nuevas negociaciones paritarias y una propuesta adicional del 3%.

Cormick cuestionó ese cálculo y señaló que no estaba acreditada la actualización conforme a las variables que exige la ley. Sobre las becas, también rechazó la interpretación oficial que limitaba el alcance de la obligación al programa Manuel Belgrano.

La cautelar había sido dictada en diciembre de 2025 y confirmada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. En junio, quedó firme tras el rechazo de un recurso extraordinario del Estado por parte de la Corte Suprema. Esa decisión se refería a la medida provisoria sobre salarios y becas, mientras seguía pendiente la discusión de fondo.

La Ley de Financiamiento Universitario establece mecanismos de recomposición de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas y de los ingresos de sus trabajadores. También dispone la incorporación de sumas no remunerativas y no bonificables a los salarios básicos y la actualización de los programas de becas según la inflación.

Además, prevé recursos para investigación, infraestructura, equipamiento, tecnología y extensión universitaria, con el objetivo de sostener el acceso, la permanencia y la graduación de los estudiantes. (con información de TN)