La iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados e impulsada por el presidente de bloque del Frente de Todos, Facundo Tignanelli, busca auxiliar a las asociaciones civiles y mutuales de la provincia de Buenos Aires en el marco de la pandemia de coronavirus. Además, fue respaldada por la titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta.

«Estamos muy contentos con la sanción de esta ley tan necesaria que viene a reafirmar una mayor presencia y protección del Estado a asociaciones civiles, centros de jubilados, clubes de barrio, centros culturales y sociedades de fomento en el ámbito de la provincia de Buenos Aires”, expresó el concejal del Frente de Todos Vito Amalfitano, y agregó: “Estas instituciones cumplen un rol fundamental y dicha iniciativa es una forma que tiene el Estado de acompañarlas para que puedan continuar con su tarea y aliviar un poco el momento tan difícil que están transitando”.

Por su parte, el Presidente del bloque, Marcos Gutiérrez, detalló que “la presentación de esta ley se hizo de manera virtual en un encuentro del que participaron más de cien organizaciones de Mar del Plata y contó con la presencia de la titular de Anses, Fernanda Raverta. Se presentó en diversos municipios de la provincia de Buenos Aires y tuvo un importante tratamiento antes de llegar a ambas Cámaras. Desde nuestro bloque, celebramos su aprobación y entendemos que una herramienta indispensable para que las instituciones puedan atravesar de la mejor manera posible este tiempo que nos toca atravesar”.

Finalmente, el presidente de la Comisión de Deportes del Concejo Deliberante, Ariel Ciano, destacó la importancia de la aprobación de esta ley que “busca potenciar y acompañar la tarea de las instituciones en la provincia de Buenos Aires que cumplen un rol esencial para la sociedad”.

Beneficios de la iniciativa

Entre los beneficios para las asociaciones civiles de primer grado y para las mutuales de organizaciones de comunidades migrantes, se encuentran: la prórroga del plazo para la presentación de documentación postasamblearia durante la emergencia; se establece la tarifa cero de servicios públicos de agua, gas, electricidad, internet y telefonía fija y móvil durante el término de la emergencia; la condonación de deudas documentales ante la Dirección Provincial de Personerías Jurídicas; la exención del impuesto inmobiliario; se decreta la inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles pertenecientes a las asociaciones civiles; se brinda asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito a las asociaciones objeto de la presente ley en las prestaciones a realizarse en sede administrativa y procesos judiciales, excepto cuestiones penales y laborales donde las asociaciones sean parte demandada.

Además, las asociaciones tienen derecho a una caja de ahorro gratuita en el Banco de la Provincia de Buenos Aires; la constitución de un censo provincial de Infraestructura Social con la finalidad de que dicho censo permita un diagnóstico de la infraestructura para impulsar remodelaciones; la creación del Registro de Bienes con Función Social para que aquellas instituciones que no tienen inmueble donde realizar sus actividades puedan solicitar el Permiso de Uso Precario; y el registro de Comedores Comunitarios para conocer y relevar sus condiciones.


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