Los contribuyentes interesados en recibir el beneficio deberán realizar la presentación de una declaración jurada desde el sitio institucional de la Agencia de Recaudación Municipal, www.mardelplata.gob.ar/arm

Deberán, además, registrar un  teléfono de contacto y una casilla de  correo electrónico vigente, la que  será válida a los efectos de las notificaciones que deban realizarse respecto del presente pedido de exención.
 
Cabe mencionar que para recibir la exención se debe poseer un único local o establecimiento en el Partido de General Pueyrredon debidamente habilitado para lo que debe contar con el certificado o constancia de habilitación emitida y vigente. 
 
Los elementos publicitarios que serán eximidos se deben limitar a consignar el nombre o razón social del comercio y otros datos que sirvan a la identificación de su local en donde el o los mismos se encuentre emplazados. Se entenderá por “otros  datos”,  los indicativos del domicilio  del  establecimiento,  teléfonos  de contacto,   dirección   de   e-mail   y/o   página   web   y   logotipo   propiedad   del   comercio   o establecimiento. No puede registrar marcas comerciales de terceros.
 
Pueden ser elementos  fijos ubicados  o  emplazados en  la  fachada  o  laterales  del  propio local o establecimiento habilitado del solicitante.
 
Plazo para la presentación
 
Para que el beneficio pueda ser reflejado  en  los  recibos  de  pago domiciliarios de la emisión de la Tasa por Publicidad y Propaganda del ejercicio 2021, se deberá  realizar  la  presentación  de  la  declaración jurada  hasta  el  día  15  de  julio  de  2021.


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