Un efectivo de la policía bonaerense acusado de matar de siete disparos a un joven durante un presunto intento de robo ocurrido en julio de 2020 en las afueras de la ciudad de Mar del Plata será sometido a juicio oral, luego de que la justicia rechazara una apelación de su defensa que sostenía que se trató de un caso de «legítima defensa», informaron fuentes judiciales.
La Sala I de la Cámara de Apelaciones marplatense no hizo lugar al recurso de la defensa del subteniente Pedro Arcángel Bogado (36) y así dejó firme el fallo de primera instancia que ordenó que el efectivo sea juzgado por el «homicidio agravado por el uso de arma de fuego» en perjuicio de Brandon Romero (18).
Según las fuentes, Bogado había sido enviado a juicio oral por el juez de Garantías 2 de Mar del Plata, quien hizo lugar a la acusación del particular realizada por el abogado de la familia de la víctima, César Sivo, ya que la fiscalía interviniente solicitó el sobreseimiento.
Tras el fallo del magistrado, la defensa del efectivo, a cargo inicialmente de Fernando Da Silva y Guillermo Pérez Rudnik, y luego de Martín Bernat, recurrió a la Cámara por considerar que el juez no actuó «con criterio de imparcialidad».
Los defensores insistieron en que el efectivo, quien se encuentra actualmente en libertad, actuó «en legítima defensa», en el marco de un presunto intento de robo ocurrido mientras circulaba con su scooter y fue abordado por Romero y un amigo en otra moto.
Sin embargo, los camaristas Marcelo Riquert y Esteban Viñas señalaron que no compartían ese criterio y que la investigación «arroja dudas acerca de si existió o no esa justificante y/o su exceso».
En ese sentido, entendieron que es necesario ir a juicio para «para dilucidar o intentar esclarecer definitivamente el caso».
Y si bien mantuvieron la acusación particular, desestimaron el agravante de ser miembro de una fuerza de seguridad.
De acuerdo con la acusación impulsada por la familia del joven asesinado, la madrugada del 5 de julio del año pasado, «coincidió circunstancialmente con un grupo de tres sujetos masculinos que también circulaban» en otras motos en la rotonda del acceso oeste a la ciudad, y mantuvo con ellos «algún tipo de incidente, breve y fugaz, que ni siquiera motivó la detención de su marcha».
Según sostuvo el abogado del los padres de Romero, Bogado «continúo la marcha, desviándose nuevamente por la rotonda e incorporándose en contramano a la Ruta 226 con dirección a Sierra de los Padres» y se detuvo «a la altura del kilómetro 6», donde «descendió, dejando la moto sobre la vera de la ruta, apagada, sin llaves y sin luces y se apostó por detrás» de ella y disparó «la totalidad» del cargador de su pistola 9 milímetros reglamentaria.
La familia del joven asesinado consideró que el efectivo tuvo «la intención deliberada» de matarlo a él y a Kevin Farías, un amigo suyo, quien también recibió un tiro.
De acuerdo a las pericias realizadas en el marco de la causa, Romero recibió siete impactos de bala y, tras caer sobre el pavimento, fue arrollado por vehículos que circulaban por la ruta.
Por su parte, el policía acusado declaró que él había sido baleado previamente, pero según indicó el juez de primera instancia en su resolución, «la investigación no ha aportado elemento cierto que dé cuenta de la existencia del arma cuya manipulación se adjudica a Farías, ni vestigios de que esta hubiera sido disparada contra Bogado».
«No obstante ello -agregó el magistrado-, sí parece confirmarse que Romero se encontraba desarmado, por lo que aún si se aceptará que avanzó sobre la persona de Bogado, la defensa emprendida se despega claramente de la racionalidad que exige la causa de justificación». (Telam)