El hombre de 62 años condenado por los crímenes en 2004 de dos trabajadoras sexuales en Mar del Plata, y que fue beneficiado con la prisión domiciliaria por ser considerado grupo de riesgo ante el coronavirus, será monitoreado por videollamada mientras dure el beneficio y deberá regresar a prisión una vez que el gobierno levante la cuarentena.

Fuentes judiciales aseguraron a Télam que el homicida Héctor Julián Barroso fue beneficiado con la prisión domiciliaria el último 24 de marzo por el Juzgado de Ejecución Penal 2 marplatense Juan Galarreta, quien consideró que formaba parte del grupo de riesgo de contagio por sus problemas de salud, en línea con un fallo del Tribunal de Casación Penal provincial para este tipo de detenidos.

El magistrado tuvo en cuenta que el hombre, condenado a 25 años de prisión, «presenta antecedentes de hipertensión arterial en tratamiento», aunque aclaró en su fallo que mientras dure la domiciliaria será monitoreado por videollamada por el Patronato de Liberados Provincial y volverá a la cárcel de Batán apenas finalice el aislamiento, para seguir cumpliendo la pena bajo un régimen de semilibertad.

La resolución dispuso que Barroso cumpla el arresto en el mismo domicilio en el que vivía cuando se produjeron los crímenes en 2004, en el barrio Parque Palermo, en la zona suroeste de la ciudad, donde funciona además el almacén de su esposa, quien ejerce el rol de tutora.

El hombre está detenido desde el 22 de febrero de 2005, y en diciembre de 2006 fue condenado por el Tribunal Oral en los Criminal 3 (TOC 3), a la pena de 30 años de prisión, por los crímenes de Verónica Juárez Roger (29) y Analía Fuschini (26).

Fuschini fue hallada estrangulada con un lazo en la zona norte de la ciudad el 4 de diciembre de 2004, mientras que el cuerpo de Juárez, quien se encontraba desaparecida desde agosto de ese año, fue encontrado en un pozo ciego con signos de asfixia y en avanzado estado de descomposición, en febrero de 2005.

De acuerdo a la sentencia por ambos homicidios -aun no existía la figura de femicidio-, Barroso mandó a matar a ambas mujeres, con quienes había establecido una relación sentimental, luego de que ellas expresaran su intención de alejarse de él.

De acuerdo al TOC 3, el comerciante encargó esta tarea a un conocido, Juan Carlos Sánchez Caspio (28), quien fue condenado en el mismo proceso a 28 años de cárcel.

La pena de Barroso fue reducida luego a 25 años y vence el 1 de diciembre de 2029, pero a partir de un legajo de Ejecución de la pena con «conducta ejemplar 10 repetida, concepto bueno y sin sanciones disciplinarias registradas», desde el 2 de noviembre de 2017 fue incorporado al régimen de salidas transitorias bimestrales.

Desde entonces, el hombre pudo salir de la Unidad Penal 15 de Batán de 10 a 18 el primer domingo de cada mes.

Tal como reseña la resolución de Galarreta, Barroso había ingresado además el 21 de mayo de 2018 al régimen abierto del programa del Ministerio de Justicia provincial «Casas por cárceles», que permite a condenados cumplir parte de su sentencia en viviendas ubicadas dentro del predio del complejo penitenciario, pero fuera de los pabellones.

El 22 de junio del mismo año, «se amplían las salidas transitorias por un período de 12 horas semanales, bajo palabra de honor, los días domingos de 8 a 20», mientras que «el 18 de febrero de 2019 es incorporado al régimen de semilibertad» para trabajar de 8 a 20 bajo la supervisión de su esposa, en el almacén que funciona junto a su casa, y goza de salidas transitorias semanales de 12 horas, que se ampliaron a 24 desde el 19 de diciembre de 2019.

Galarreta subrayó «su capacitación en diversos oficios, la realización de actividades culturales, como así también el compromiso y sostenimiento de sus actividades laborales», y «la ausencia de componentes agresivos en el causante que pudieran reiterarlo en el conflicto penal como así también apartarse de las condiciones bajo las cuales usufructuar la alternativa solicitada».

Mientras dure la cuarentena, Barroso «no podrá ausentarse de su domicilio de residencia en ninguna oportunidad y bajo ningún concepto» sin previa autorización del juzgado, y el control del régimen domiciliario queda en manos del Patronato de Liberados Provincial, «mediante sistema de videollamada». (Télam)


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