El Consejo Directivo del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires (CAPBA) Distrito IX recordó la plena vigencia de la ordenanza 12.562, de 1999, que declaró de interés público la inspección obligatoria, conservación y mantenimiento de las fachadas y medianeras de los edificios que posean una altura mayor a 9 metros y con más de diez años de antigüedad. Esta ordenanza, que tuvo su correlato en otras localidades costeras, como Villa Gesell, Pinamar, Necochea y Miramar, se sancionó como respuesta a varios accidentes de diferentes consecuencias, provocados por insuficientes o inexistentes tareas de mantenimiento en los edificios de altura.
Desprendimientos y caídas de balcones, mamposterías, revestimientos, aberturas, barandas y otros elementos componentes de los frentes de edificios, fueron los hechos que motivaron la sanción de la mencionada normativa, cuyas actualizaciones y ejecuciones han sido promovidas principalmente por el Colegio de Arquitectos, y son las matriculadas y matriculados quienes están capacitados por una formación universitaria integral para presentar el informe técnico que establece la norma y que deberá contener la descripción detallada del estado de conservación de los elementos constitutivos de las fachadas del edificio, exposición fotográfica de las patologías identificadas, ensayos y cateos realizados, un diagnóstico detallando la sintomatología y causas que determinen las lesiones presentadas, y la descripción de las reparaciones propuestas detallando procedimientos constructivos y tipos de materiales a utilizar.
La necesidad de aplicar en todo su rigor este tipo de legislación en ambientes costeros, se relaciona con lo agresivo de sus características climáticas y las afectaciones sobre los elementos expuestos que constituyen los edificios sobre los que se ven agravados los procesos patológicos. En los últimos años se han producido distintos episodios donde además de cuantiosos daños materiales hubo que lamentar la pérdida de vidas humanas.
“El principal motor es la necesidad de mantener en buen estado de conservación las fachadas de los edificios”, afirmaron los arquitectos, “es la seguridad pública y teniendo en cuenta el rol de servicio de las localidades costeras, receptivas de gran cantidad de personas en determinadas épocas del año, no podemos dejar de pensar en el uso intensivo de espacios públicos en determinados sectores de la ciudad que debemos mantener seguros”.
El organismo recordó además que los responsables de mantener en buen estado de conservación de las fachadas, muros medianeros y todos los elementos constructivos del edificio ubicados en la proximidad de la vía pública, y de los daños a terceros que pueda producir su mala conservación, son los propietarios, de acuerdo a lo establecido por el Código Civil y Comercial, independientemente de la existencia de las ordenanzas municipales. Pero que los municipios “no deben ser esquivos a la responsabilidad que les compete en el control de la seguridad pública y su poder de policía respecto del cumplimiento de las normativas que la regulan”.
El Colegio de Arquitectos sumó una ventaja más al efectivo cumplimiento de la ordenanza 12.562: además de todo lo referido a lo más importante, que es la seguridad ciudadana, se le agrega el efecto positivo en la valuación de la propiedad en el mercado inmobiliario. Y esto está directamente relacionado con que las intervenciones sobre los edificios se culminan con las tareas de pinturas o revestimientos de terminación, lo que posibilita el aporte de nuevos diseños y combinación de colores sobre los frentes. Así, se hace evidente y notorio un cambio de imagen en la ciudad, desde que comenzó a implementarse la Ordenanza de mantenimiento hace ya 20 años. Y finalmente, no es menos importante el impacto que genera para las economías locales, la industria, el comercio y las prestaciones de servicios, la implementación efectiva de estas políticas públicas.
La entidad concluyó apuntando que “Es necesario aprovechar las ventajas de una normativa que privilegia la seguridad pública, desplazando su percepción del mero trámite administrativo y aprovechar al máximo sus potencialidades. Atender esta problemática existente en nuestras ciudades costeras, es responsabilidad de todos los actores, tanto los municipios, como los propietarios y los profesionales”.