La ong Casa del Trabajador llevó a cabo la presentación de una acción de amparo ante la Justicia para que se brinde el servicio de transporte público de pasajeros en el horario nocturno en Mar del Plata.

Cabe recordar que, desde el pasado 22 de junio la UTA, en connivencia con el sector empresario, realiza una retención de tareas de 22 a 6, en rechazo a la suspensión de trabajadores que dispusieron las empresas ante una caída en la rentabilidad.

El abogado Julio Hikkilo manifestó que esta medida de fuerza «está privando a la totalidad de los usuarios y sobre todo trabajadores esenciales exceptuados, de contar con este elemental servicio de transporte en el grave contexto de pandemia provocada por el COVID 19. Ni siquiera se está brindando un servicio mínimo en el horario nocturno«, añadió.

El representante de la Casa del Trabajador justificó la decisión de acudir a la justicia y presentar un amparo «ante el reclamo permanente de los trabajadores y vecinos por esta situación y el prolongado tiempo transcurrido sin que desde el Municipio y Ministerio de Trabajo hayan adoptado las medidas pertinentes para que las empresas concesionarias garanticen con regularidad el servicio, afectando gravemente los derechos de los trabajadores que necesitan este servicio y de los usuarios en general».

Asimismo se solicitó a la Justicia que en forma urgente ordene al Municipio de General Pueyrredón que tome intervención haciendo cumplir con regularidad el pliego de bases y condiciones; haciendo que los reclamos de las empresa por mayores subsidios o aumento de boleto se canalicen por las vías administrativas pertinentes, sin dejar desamparados a miles de usuarios.

«El Municipio, ante la gravedad de la situación, no puede adoptar un rol pasivo como lo ha hecho hasta ahora y debe involucrarse en forma rápida y efectiva para que los derechos de los usuarios no sigan siendo violados», esgrimió.

Por otra parte, solicitaron que el juez ordene al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a fin de que tomen la debida  y obligatoria intervención para resolver el hipotético conflicto laboral que paraliza la prestación del servicio.


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