Con la sanción definitiva de Diputados, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deberán garantizar que los servicios incluidos en la ley nacional 27.043 se lleven a cabo por profesionales y/o en establecimientos cercanos a los domicilios de las y los pacientes.

“Saludamos el proyecto del senador Pallares, quien viene trabajando con las distintas asociaciones de padres y madres. Actualmente, en Argentina, las estadísticas nos muestran que aproximadamente 1 de cada 40 niños y niñas que nacen presentan TEA, siendo el tercer motivo de consultas pediátricas”, explicó Martello, responsable del Observatorio de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Defensoría del Pueblo bonaerense.

En ese sentido, el Defensor del Pueblo Adjunto consideró que “si bien la provincia Buenos Aires adhirió a la ley nacional de abordaje integral en 2018, muchos padres y madres se encuentran con serias dificultades producto de que las obras sociales y prepagas designan profesionales ubicados en localidades lejanas al domicilio del paciente. Esto obliga a traslados que, en muchas ocasiones, se tornan extremadamente dificultosos. Con esta ley, sancionada ayer, se le da respuesta a esta problemática”.

Cabe destacar que desde el Observatorio de Derechos de NNyA se viene realizando una serie de iniciativas vinculadas a la concientización sobre el autismo, como así también a la defensa y promoción de derechos de las personas con TEA. Por ejemplo, se realizaron varias acciones para que el gobierno anterior reglamentara la ley nacional y también se elaboraron distintas herramientas como una cartilla de pictogramas para ayudar a explicar a niñas y niños con TEA qué es el covid -19 y las formas de prevención.


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