Por: Roberto Garrone

Mientras algunos miran de cerca lo que pasa en Vigo con las negociaciones de Abanca para desprenderse del pasivo de Pescanova, otros comienzan a sacar cuentas.

Si se confirma que Platinium Equity deja de “acariciar” y toma el control de la pesquera, el nuevo bloque que conformarían Iberconsa con Argenova por estas playas confrontaría al artículo 14 de la Resolución 7/2018 que estableció pautas para el manejo de la pesquería de langostino.

“Fíjase de manera temporaria el máximo de concentración por empresa o grupo empresario en la cantidad de 18 buques congeladores o de 18 buques fresqueros autorizados para la captura de la especie langostino, siempre que no se supere el número total de 26 buques congeladores y fresqueros en conjunto”, establece el artículo.

Más allá que aclara que la autoridad de aplicación presentará una propuesta para fijar el tope de manera definitiva en un plazo de 90 días, y sin novedad a la fecha, la normativa goza de plena vigencia.

Al momento de redactarse ese artículo sufrió una modificación y elevaron el techo de 15 a 18 barcos, en tiempos de Bosch como subsecretario de Pesca, una gestión que ofició casi de delivery de las necesidades de los grupos concentrados, más allá de Moscuzza y el “José Américo” cuya ilegalidad puso patas para arriba la pesquería del marisco.

Si se suman los barcos que hoy cuentan por separado, Platinium Equity-Iberconsa-Argenova rondan los 25/27, holgadamente por sobre la limitante establecida. Habrá que ver si se desprenden de los tangoneros congeladores que les sobrarían o encuentran una estrategia para mantener su poder de pesca al margen de la norma.

No sería el único caso y posiblemente no sea el último. En estos días la Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar a la medida cautelar presentada por ARPES SA (Solimeno) y consideró que el buque pesquero Ur Ertza puede operar como congelador, con permiso para capturar langostino, el cual podrá efectivizar en tanto el buque adecue su estructura y no supere una eslora máxima de 40 metros.

El fallo, firmado por los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Gimenez, creo que sienta un serio antecedente para el futuro de la industria en general y la pesquería de langostino en particular: que la justicia ordinaria termine alterando el esfuerzo pesquero que se aplica sobre la principal pesquería argentina. Porque detrás del barco de Solimeno hay otros que aguardan a la expectativa: Andrés Jorge, San Andrés Apostol y Ponte Coruxo.

Solimeno, rápido para los mandados, en el mismo recurso presentado tras el fallo desfavorable de primera instancia luego del revés en el Consejo Federal Pesquero el año pasado, solicitó que se permita la actividad pesquera del “Luigi” (foto) a la captura irrestricta de las especies no cuotificadas (langostino).

Se decanta que el nuevo barco, próximo a botarse, tras el retraso de casi un año que tuvieron en SPI Astilleros, recibirá el permiso de pesca del Ur Ertza y la licencia para pescar langostino.

“Este Tribunal entiende que previo a resolver lo peticionado, deberá acreditar la debida inscripción de la embarcación en la matrícula nacional”, dice el fallo que ya abrió grietas a lo largo del largo litoral marítimo.

“Todo muy parecido a los 90 y la merluza”, lamentó un referente de la flota tangonera congeladora, que tendrá al “Luigi” como nuevo actor dentro de la pesquería en los próximos meses. “Se tiene que cuotificar, como dice la Ley de Pesca”, estimó.

Solimeno asegura que tiene derecho a operar al Ur Ertza como congelador. Que el permiso de pesca original lo autorizaba, y que no ha perdido tal carácter, aun habiendo sido autorizado a operar como fresquero en plena etapa de emergencia de la merluza a principios del 2000.

El Ur Ertza recibió complemento de bodega del fresquero “Mayoral”, adquirido en la quiebra del grupo Ventura. El fallo de Cámara sostiene que “dicho permiso de pesca poseía carácter irrestricto, autorizaba a la captura de 4195 toneladas de todas las especies – que incluía langostino- y a partir del 2010 cuenta con una Cuota Individual Transferible de Captura CITC”.

Cuando el CFP denegó el cambio de modalidad en la operatoria del Ur Ertza y el reconocimiento a la captura de langostino, dejó en claro los antecedentes del “Mayoral”. “Es lo que surge del permiso emitido el 7/12/98, que autoriza 3.885 toneladas de merluza de cola, granadero y bacalao austral y 4.195 toneladas de todas las especies sin langostino”, aclara el Acta 19/2022.

“Este primer permiso del buque con el complemento proveniente del buque “Mayoral” fue notificado personalmente al apoderado de UROMAR S.A” (otra empresa del mismo grupo), agrega el Acta.

Los camaristas al hacer lugar al amparo consideraron que “el Juez del proceso falencial ordenó la transferencia del Permiso de Pesca irrestricto (que incluía langostino) del Buque Mayoral al Buque UR ERTZA “con el alcance de las medidas cautelares decretadas”, pero sin embargo la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación otorgó el permiso con un alcance y características distintos del debido, pues lo hizo excluyendo la especie langostino con fundamento en que la embarcación no cumplía con uno de los requisitos para la captura de la especie, esto es, poseer una eslora máxima de 40 metros”.

“El Mayoral era un permiso irrestricto con langostino transferido por orden judicial que llegó en grado de apelación a ser confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, aclararon fuentes legales de la empresa armadora.

Pero no hay registros de este fallo en la exposición del Consejo Federal el año pasado cuando rechazó la petición. “La exclusión expresa de la especie langostino de la autorización de captura del buque se mantuvo invariable hasta la actualidad, en todos los certificados emitidos durante la vigencia del proyecto, tal y como quedó consolidado en 1998 por orden judicial y a pedido de la interesada”.

Los consejeros aseguraron que al momento de la asignación de la CITC, efectuada por el apoderado de “Arpes”, quien se desempeña en la presentación analizada como apoderado de Luis Solimeno e Hijos, “inequívocamente” señala que el buque Ur Ertza era un buque fresquero y no un buque congelador o un buque dual. Ese trámite dio lugar a la asignación de la cuota correspondiente.

Ahora Tazza y Giménez consideraron que la decisión adoptada por el CFP “no resulta prima facie razonable a la luz del contexto fáctico y especialmente a la particular actividad pesquera, que en muchas ocasiones recepta la operatoria dual de los buques”.

Por estos días seguramente las partes serán notificadas del fallo. Mientras Solimeno ultima detalles para ponerle tangones al “Luigi”, la asesoría jurídica de la Subsecretaría de Pesca emitirá un dictamen y lo elevará al Consejo donde se decidirá si apelan la medida a la Corte.

Primero congelador, luego fresquero, con complemento de bodega, sin langostino, de vuelta congelador y con langostino para adosarlo al “Luigi”. La historia del “Ur Ertza” viene a refrescar un precepto que teníamos un poco olvidados en la industria y que quizás también involucre a Platinium Equyty si amplía su musculatura con los barcos de Argenova…

A la pesca argentina la musicaliza Fabiana Cantilo…

Nada es para siempre.


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