La reforma del Estado, la declaración de emergencia económica, la creación de un programa de grandes inversiones (RIGI), la privatización de nueve empresas públicas, la reforma laboral, el blanqueo de capitales, la reforma del impuesto de Bienes Personales, y la restitución del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría son los principales ejes de la Ley Bases y del Paquete Fiscal que hoy lograron aprobación definitiva en la Cámara de Diputados.
Los principales puntos son los siguientes:
LEY BASES
-Se declara las emergencias en materia económica, en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año.
-Se otorgan facultades para realizar una reforma del Estado para mejorar el funcionamiento del estado y se le otorgan atribuciones para reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal “a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas”.
-El Poder Ejecutivo podrá disponer la disolución o función de organismos públicos.
-La atribución de disolver organismos públicos no se podrá aplicar al CONICET, la ANMAT, el INCAA, el ENACOM, el INCUCAI, la UIF, el INTI, el INTA, el SENASA, el SMN, el Banco Nacional de Datos Genéticos y todos aquellos vinculados a la cultura.
-Los empleados públicos que trabajen en organismos que se disuelvan tendrán un año para poder reubicarse en otros entes del Estado y si no tienen otro puesto en el Estado serán declarados prescindibles.
-Se autoriza la privatización total de las empresas Enarsa, e Intercargo, y en forma parcial de Aysa, Sociedad Operadora Ferroviaria SE (SOFSE) y Corredores Viales SA.
-Se permite aportar capital privado Nucleoeléctrica y el complejo de Yacimiento Carboníferos Fiscales.
-Se promueve una reforma laboral que permitirá el despido con causa justa por bloqueos de empresas y tomas de empresa
-Se elimina las multas por trabajo no registrado a cambio de regularizar la situación de ese empleado y al trabajador se le podrán reconocer hasta cinco años de aportes.
-Se permite establecer acuerdos para reemplazar la indemnización por un fondo de cese laboral como tiene la Unión Obrera de la Construcción.
-Se incorporará una nueva figura llamado colaborar para que las pymes puedan contratar a tres trabajadores, sin establecer un vínculo de relación de dependencia.
-Se amplía el período de prueba de tres a seis meses y de hasta ocho meses en las empresas desde 6 hasta 100 empleados.
-Se crea un régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI) para atraer inversiones extranjeras enfocados en grandes emprendimientos petroleros mineros, donde existan inversiones con un piso de 200 millones de dólares hasta 900 millones de dólares y a cambios los inversionistas tendrán beneficios en el IVA y Ganancias.
-El RIGI se destinará para las grandes inversiones en los sectores de petróleo, gas, energía, minería, tecnología, siderurgia, forestoindustria y turismo,
–El sistema de promoción de inversiones durará por dos años y obligará a los a inversionistas a contratar un 20 por ciento de proveedores locales.
LEY DE MEDIDAS FISCALES Y PALIATIVAS
-Se repone el impuesto a las ganancias establece para que vuelvan a pagar el tributo los empleados de relación de dependencia que perciban 1.800.000 de sueldos brutos en el caso de los solteros y 2,3 millones de pesos de sueldos brutos para los casados.
-La actualización del Mínimo no Imponible se realizará dos veces por año en el 2025 pero este año también se hará en el mes de septiembre.
-Se reforma el impuesto a los bienes personales donde se eleva de 27 millones a 100 millones de Pesos el Mínimo no Imponible.
– la iniciativa establece alícuotas progresivas que van del 0,5% a 1,5%. Se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes en el exterior, que actualmente pagan una alícuota del 2,25%.
-Los contribuyentes cumplidores obtendrán una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen del tributo.
–Se establece una moratoria para deudas tributarias, previsionales y aduaneras
-Se autoriza el pago adelantado por cinco años del impuesto de Bienes Personales con un alícuota especial de 0,45% por año.
-Blanqueo de Capitales se permite ingresar al sistema activos por un monto hasta 100 dólares sin pagar ninguna alícuota.
-Los contribuyentes que superen activos por 100 mil dólares pagan hasta el 30 de septiembre una alícuota del 5 por ciento sobre el excedente declarado, y desde octubre hasta diciembre una alícuota del 10 por ciento, y desde enero hasta marzo un 15 por ciento.
-No podrán ingresar al blanqueo los funcionarios que estuvieron en sus cargos en los últimos diez años, y sus familiares incluidos los hermanos.
-Las regalías de las mineras se mantendrán en tres por ciento en los actuales emprendimientos, pero se elevarán al cinco por ciento cuando se trate de nuevos emprendimientos. (NA)