La ONG Federación Argentina de Guardavidas, por medio de su Dirección de Investigación y Gestión para la Seguridad Acuática, gestiona de distinta forma las indicaciones de prevención por medio de la señalética por banderas.
Desde esta entidad, señalaron que el público bañista en su generalidad ignora su colocación y generalmente los medios se nutren de material insuficiente o desatinado a la hora de informarse.
A su vez, no existe una legislación especifica en cuanto a estas señaléticas por banderas, tal es así que existen señalamientos que son ignorados, hasta por los mismos servidores públicos.
Otro aspecto a tener en cuenta es que concurre a las playas gente con disfunción visual por confusión de colores, por lo cual se ha trabajado escuetamente en modificar un formato y mantener un diseño para que las mismas puedan ser interpretadas por las mismas.
Ademas, señalaron que las indicaciones no se deben a una causal de accidentes acuáticos, que por generalidad ocurren en la zona de baño, cuando por alteraciones (pozos, canales, etc.) estos eventos se llevan estadísticamente más del 80% de los accidentes que se generan en el mar.
Existen en la codificación por banderas cuatro (4) banderas, las cuales identifican como Código Territorial Argentino, las cuales se identifican uno (1) como zona de baño Buena, donde no hay existencia por el momento de alteraciones que puedan causar accidentes acuáticos y se coloca una bandera rectangular celeste, generalmente se confeccionaba de forma triangular, pero como hemos trabajado para la disfunción visual hemos optado por este cambio para que la misma no se
confundo con otra triangular de color uniforme que implica todo lo contrario. Dos (2) Dudoso, bandera triangular particionada al medio de color amarillo y negro, que indica que el oleaje que esta
impactando en la zona de baño se encuentra produciendo desniveles (alteraciones que, por el movimiento de arena, pueden transformarse en corrientes de arrastre). Tres (3) Zona de baño peligrosa bandera triangular con un triángulo mas pequeño en su centro de color rojo y negro indistintamente, lo que implica que en esa zona de baño existen corrientes de arrastre por alteraciones capaces de producir accidentes acuáticos. Cuatro (4) bandera triangular de color rojo
uniforme, lo que indica la prohibición de baño.
También existe un código especial de tres (3) banderas que, aunque impliquen determinadas acciones que se están produciendo en la zona de baño y su entorno, tienen sus características inmersas en situaciones extraordinarias. Las mismas son: (A) la colocación de dos banderas del código territorial como lo son la de Prohibido + Peligroso, ambas indican que el equipo de salvamento acuático se encuentra en situación limite en esa zona de baño, (como ejemplo podemos decir la diminución de personal como lo fue en la época de pandemia, falta de equipamiento debido a las condiciones hidrometeorológicas, etc.). (B) bandera triangular negra con el dibujo de un rayo blanco en su centro, indica tormenta eléctrica y el bañista debe hacer abandono no solo de la zona de baño sino también de la playa, esta debe ondear en solitario sin identificar otra acción, ya que es abandono de la playa. (C) bandera rectangular roja con una cruz verde en su centro, que identifica una zona de baño con riesgo para la salud, (podría estar indicando derrame químico, cardumen de medusas, etc.), cuando se interprete que puede haber un riesgo altamente peligroso podía acompañarse con la de prohibición de baño.
Existe también un código Internacional que son banderas con los colores del semáforo, las cuales están incluidas en las normativas y que no se utilizan por lo general ya que por tradición nuestro código territorial se ha transformado en la habitual, debiendo modificarse las leyes vigentes o en su defecto agregar nuestro código. Igualmente sugerimos colocar la primera letra del color, para ser interpretadas para las personas que padecen disfunción visual por confusión de colores.
Como se habrán dado cuenta no hemos hablado de la bandera blanca de niño o persona extraviada, pues interpretamos que ante una situación como esta el profesional de la seguridad acuática debería recabar el auxilio de la fuerza pública (Policía, Prefectura, etc.), ya que son los únicos que tienen el poder de hacer la identificación, para devolver un extravío a su legitimo progenitor o tutor, cualquier otra acción que pueda tomarse, podrían generar una acción legal en contra del buen samaritano.
También existe por tradición en colocar el código territorial argentino, las cuatro banderas al inicio y final de la temporada, pero la señalética que se encuentra al tope del mástil indicara el estado de la zona de baño, pudiendo haber otras razones de origen extra operativo de seguridad.