Los cambios que vienen sufriendo en los servicios de salud contratados, los casi 10 mil personas afiliadas al plan Dorado de ACCORD SALUD, ha llegado a la Justicia Federal. El amparo impulsado por un buen número de afiliados ha sido admitido con carácter colectivo por parte del titular del Juzgado Nº 2, Dr. Santiago Martin.
La situación se generó en diciembre pasado, cuando la empresa decidió tercerizar la gestión del mencionado plan con una firma gerenciadora. Ello disparó los reclamos ante la Defensoria del Pueblo local, motivados por los cambios sustanciales en la modalidad prestacional, supresión de prestadores y negativas en la continuidad de tratamientos médicos.
Paralelamente, varios afiliados decidieron accionar judicialmente e iniciaron un amparo durante la feria judicial, el cual recayó en el juzgado federal mencionado, cuyo titular ha admitido en el día de la fecha, la apertura de la instancia judicial, la competencia federal, el carácter colectivo del amparo y la admisibilidad del Defensor del Pueblo como “Amigo del Tribunal”.
La presentación del Defensor del Pueblo en la causa es de gran relevancia, por tratarse de un instituto jurídico que tiene como finalidad la participación de terceros, que nada tienen que ver con las partes, pero que guardan un interés objetivo en la resolución del conflicto. El objeto es que puedan ofrecer una opinión basada en argumentos de carácter jurídico, técnico o científico que sirvan para ilustrar a los magistrados en cuestiones especificas de trascendencia colectiva o interés general.
Es una forma de participación ciudadana en el ámbito judicial. Con ello, se destaca el fortalecimiento de la legitimidad de las decisiones judiciales, en tanto las mismas se nutren de saberes y capacidades técnicas y científicas, que en ocasiones exceden al conocimiento de los magistrados, impregnando de transparencia a los procesos.
“De acuerdo con las circunstancias de la causa, a todas luces, se advierte que aquí se ventila un asunto de interés público donde la Defensoría que vela por la protección de los derechos de toda persona física o jurídica dentro del partido de General Pueyrredón… cuenta con un justificado interés en la resolución final del litigio y en su presentación ofrece opiniones consideradas que podrían tener trascendencia para la sustanciación del proceso.” expresa la resolución firmada por el Dr. Martin, en su parte pertinente.
El juez citó a las partes a una audiencia conciliatoria el próximo lunes. Y también citó al Defensor del Pueblo, en tanto, el magistrado considera que “…la defensoria que ahora se presenta cumple acabadamente con el recaudo de ostentar reconocida competencia sobre la cuestión debatida en el pleito (requisito exigido por la Acordada 7/2013 CSJN) y que su actuación tiene por objeto enriquecer la deliberación en cuestiones institucionalmente relevantes, con argumentos fundados (jurídicos, técnicos o científicos).