Con la sanción de la Ley de Bases y el paquete fiscal, se reincorporó la cuarta categoría de Ganancias. De este modo, se llevará el mínimo no imponible a $ 1.800.000 brutos para los solteros y a $ 2.200.000 para los casados que tengan hijos.
Así, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos durante la gestión de Alberto Fernández, con alícuotas que van del 5 % al 35 %.
Si se trata de un empleado soltero con dos hijos menores de 18 años, el salario bruto más bajo alcanzado será de $ 2.100.000, que equivale a un sueldo neto de $ 1.781.277,39.
En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, quedará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $ 2.400.000, es decir, un sueldo neto de $ 2.081.277,39.
Además, la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
La Oficina de Presupuesto del Congreso estimó que el proyecto proporcionará recursos por 0,43 % del PBI. (Infobae)