La Justicia dictó el primer fallo de fondo en segunda instancia que declaró la inconstitucionalidad de la desregulación de la medicina prepaga.

Se trata de un fallo de la Cámara Federal de Paraná, en el caso de un usuario de la empresa OSDE para que deje sin efectos los aumentos realizados tras la desregulación del sector. 

Los jueces declararon la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU 70/2023, que firmó el presidente Milei y su gabinete ni bien asumieron.

De esta forma, devuelve a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) la obligación de observar los costos de las empresas del sector y fijar los aumentos autorizados para las compañías.


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