El turismo, la hotelería y la gastronomía son sectores muy golpeados por esta pandemia a nivel mundial. Siendo los mayores generadores de empleo, hoy deben cerrar sus puertas como consecuencia de la crisis sanitaria, económica y social, nacional e internacional derivada del Coronavirus –COVID19-, cuya rápida expansión a nivel mundial ha llevado a que la Organización Mundial de la Salud lo declare pandemia.

La Argentina ha tomado las medidas de emergencia con el DNU Nro. 297/2020 que declara el aislamiento social, preventivo y obligatorio como en otros países del mundo con la intención de controlar la expansión de virus, limitando la circulación tanto a nivel local, regional como internacional.

Como lo expresara la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) en la presentación realizada ante el Ejecutivo Nacional con motivo de la situación de paralización total de actividades en la que quedaron sumidos los establecimientos hoteleros y gastronómicos sus titulares al no percibir ingreso alguno por la ausencia de actividad comercial, se verán imposibilitados de abonar los gastos que involucra el giro de cada empresa como sueldos, cargas sociales, contribuciones patronales, impuestos directos e indirectos, tasas retributivas, aranceles de entes representativos de derechos autorales y facturas de servicios.

La Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica en este contexto ha solicitado medidas paliativas que permitan superar el aislamiento sin cierres definitivos. Además de adherir y acompañar las presentaciones de la Cámara Argentina de Turismo, FEHGRA, la Cámara de Turismo de la Provincia de Buenos Aires ante Nación, Provincia y Municipio, también hizo contacto a los sindicatos que representan a nuestro sector, y hemos gestionado:

• ante EDEA el cobro de la potencia consumida y no la contratada.
• con Cablevisión, el no cobro de los meses del aislamiento que mantiene a los hoteles cerrados.
• ante el Municipio la exención y/o postergación del pago de la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene durante el periodo que rija la medida de emergencia y la exención, reducción, y/o postergación de la tasa por Servicio Urbanos para hoteles.
• la presentación de un documento para el aplazamiento de los impuestos indirectos en los servicios públicos de gas y electricidad, dirigido a ENARGAS, OCEBA, AFIP, ARBA y ARM dado que incrementan el monto de la factura en hasta un 67%.


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