El Gobierno nacional oficializó los cambios en el cobro de la percepción para el llamado «dólar turista», así como también el cobro del impuesto PAIS para productores que deban girar divisas al exterior para el pago de artistas internacionales.

La primera medida, dispuesta mediante la Resolución General 5272/2022 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, establece que los consumos en moneda extranjera con tarjeta de crédito y débito en pasajes y paquetes turísticos que superen los US$ 300 al mes pagarán una percepción extra del 25% de concepto de adelanto del impuesto a los Bienes Personales.

La decisión abarcará también a los considerados bienes suntuarios o «de lujo» comprados en el exterior, como automóviles y motos de alta gama; jets privados, barcos; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.

Los consumos por menos de US$ 300 por mes seguirán pagando el tipo de cambio más el Impuesto PAIS y la retención del 45% de adelanto de Impuesto a las Ganancias.

En tanto, a través del decreto decreto 682/2022 se resolvió que los servicios contratados en el exterior de recreaciones y actividades artísticas como recitales, actividades deportivas, entre otros gastos de esparcimiento, deberán pagar el impuesto PAIS del 30% para girar dólares a otro país, por lo que deberán abonar un dólar de $ 205 para poder hacer este movimiento de divisas. (Telam)


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