A partir de este sábado 11 de abril todos los beneficiarios cuyo trámite haya sido aprobado deberán ingresar por terminación de DNI en la página Web de la ANSES (www.anses.gob.ar) con su Clave de la Seguridad Social y seguir las instrucciones para anotar su número de CBU y cuenta bancaria.
De esta manera, se activará la operación para que se proceda a la acreditación de la ayuda extraordinaria y el cobro de la misma en su cuenta.
El orden de ingreso será el siguiente: sábado 11, los titulares de DNI terminados en 0 y 1; domingo 12, los beneficiarios de DNI finalizados en 2 y 3; el lunes 13, los DNI terminados en 4 y 5; el martes 14, los DNI finalizados en 6 y 7 y el miércoles 15 deberán ingresar los titulares de los DNI terminados en 8 y 9.
En el caso de aquellas personas que prefieran cobrar por otros medios de pago, ANSES informa que podrán elegirlos a partir del jueves 16 entrando también en la página Web y siguiendo una serie de instrucciones que se darán a conocer esta semana. A comienzos de la próxima semana se precisará la fecha de cierre para este trámite.
Cabe aclarar que quienes no puedan llegar a inscribirse con CBU en la primera fase de inscripciones del 11 al 15 de abril, podrán hacerlo igualmente en la fase de inscripción para los beneficiarios no bancarizados.
Además, se informa que la ANSES dará a conocer en los próximos días el cronograma de pagos del IFE con todas las fechas y opciones de cobro.
Por otra parte, y terminado el pago del IFE a los solicitantes ya aprobados, la ANSES abrirá una instancia para volver a considerar aquellos casos que no fueron aprobados por haberse producido cambios no informados al organismo en la situación laboral o familiar de esas personas o, también, por falta de datos.
¿Por qué se pudo haber negado el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia?
Frente a tantos reclamos debido a la negativa a cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia, informamos a la comunidad y a muchos posibles beneficiarios que nuestro Sistema de Gestión está basado en documentación respaldatoria que las personas fueron cargando en el mismo. Si bien no es obligación que nuestros beneficiarios denuncien novedades en su perfil de la seguridad social tales como separaciones legales, divorcios y relaciones con padres o hijos; éstos pueden estar trabajando en relación de dependencia, o tener otro beneficio, cobrar algún plan social que figura entre las incompatibilidades y por tal motivo el IFE figura como denegado.
Los reclamos para resolver este tipo de situaciones se podrán hacer a partir de mañana sábado 11 de abril al mail consultas@anses.gov.ar