El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mar del Plata, a través de su presidente, Dr. Leandro Gabás, manifestó el categórico rechazo de la colegiación legal hacia los proyectos incluidos en la Ley Ómnibus que atentan contra la seguridad jurídica, el derecho de los ciudadanos y las incumbencias de los abogados.

Las modificaciones propuestas al Código Civil y Comercial han sido fundadas en la necesidad de reducir la litigiosidad tribunalicia, desviando potestad jurisdiccional hacia el ámbito administrativo/privado, lo cual consideran erróneo ya que podrían afectarse derechos y garantías constitucionales.

Específicamente y en cuanto a los dos procesos cuya tramitación pretende reformarse, el Colegio de Abogados de Mar del Plata considera que, con el llamado «divorcio administrativo” a través de una simple declaración presentada por ambos cónyuges, sin asistencia letrada, ante un funcionario público, se vulnera la seguridad jurídica, poniéndose en riesgo no sólo derechos de los adultos, sino también de los hijos menores y/o incapaces, pues el divorcio, más allá de la disolución del matrimonio, produce efectos jurídicos de suma importancia que deben ser abordados ante los juzgados de familia con patrocinio de un abogado/a y, en su caso, con la participación del Ministerio Publico (compensación económica, alimentos, régimen de bienes, etc), garantizándose así los derechos de los ciudadanos; extremos que no han sido debidamente atendidos en el proyecto en mención, sino todo lo contrario.

De esa forma, se pone en mayor riesgo a la persona más vulnerable de la relación –habitualmente la mujer – y se la expone a perder el ejercicio de derechos en el futuro.

Además, los divorcios administrativos harían más engorrosos los procesos de divorcios, que alargarían innecesariamente los trámites y que lo harían más costoso para los partes. Igualmente, se incumple el principio de división de poderes, permitiendo que el Poder Ejecutivo se arrogue facultades judiciales, atentando contra el orden público y los principios del derecho de familia

Respecto al otro trámite que pretende reformarse, las “sucesiones notariales”, si bien las mismas son introducidas con carácter optativo, cuando exista acuerdo entre «los sucesores y cónyuge» y tuvieran capacidad legal, claramente se afectan derechos y garantías constitucionales al reemplazarse al juez natural por un escribano, atribuyéndosele a los notarios facultades que son propias del Poder Judicial, atentándose también en este caso contra la seguridad jurídica, privando de certeza y confiabilidad a los derechos de los eventuales sucesores, y de terceros contratantes.

Es así que finalmente las sucesiones notariales complejizarán los casos y aumentarán los costos (acta de notoriedad, honorarios del escribano, etcétera), por lo que tampoco aquí se advierte la ventaja ni la economía derivadas de sortear la intervención judicial.

Es por ello, que el Colegio de Abogados de Mar del Plata, a través del Colegio de Abogados Provincial (COLPROBA) y la Federación Argentina de Colegios Abogados (FACA), ha requerido insistentemente a las autoridades políticas el aplazamiento de tales temas y que los mismos sean discutidos en momento y circunstancias oportunas que permitan el desarrollo y debido análisis de tales reformas, dando para ello debida intervención y pedido de opinión a las partes involucradas.


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