La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) continúa con la simplificación de los procedimientos para los envíos por courier. El organismo adecuó la normativa vigente para que personas físicas y jurídicas puedan exportar o importar mercadería con un peso máximo por paquete o pieza postal de hasta 50 kilos, independientemente del peso total del envío.

Asimismo, ya no será obligatorio para quien ingrese al país mercadería por este régimen tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). De esta manera, ARCA avanza en su objetivo de facilitar el comercio internacional y dar mayor fluidez en el intercambio entre el país y el resto del mundo.

La Resolución General 5.631/2025 efectúa algunas precisiones sobre la Resolución General 5.608/2024, que había elevado el monto máximo de 1.000 a 3.000 dólares por medio de Prestadores de Servicios Postales (PSP)/Courier.

¿Cuánto es el peso máximo permitido para importar o exportar por courier?

El peso máximo a partir de ahora será de 50 kilogramos por paquete o pieza postal, independientemente del peso total del envío.

¿Cuál es el valor máximo por envío?

Tanto para importación como para exportación, no podrán exceder los 3.000 dólares.

Régimen de pequeños envíos

Recientemente, ARCA también instrumentó las modificaciones previstas en el Decreto 1.065/2024, que eliminó los aranceles de importación al ingreso de mercaderías hasta un valor FOB USD 400, con un tope máximo de 5 envíos por año y por persona. Así, el gobierno nacional busca impulsar una mayor competencia que redunde en beneficios para los consumidores

¿Hay un límite máximo anual de envíos?

Hay límite solo para los denominados “pequeños envíos” ya sea porque gozan de la franquicia de aranceles hasta un valor de USD400, o porque tienen eximida la intervención de terceros organismos. Para estos casos el límite es de hasta 3 unidades de la misma especie, y hasta 5 envíos al año por persona.

¿Cuáles son los aranceles que están exceptuados hasta los USD400?

Derechos de importación y tasa de estadística. El impuesto al valor agregado (IVA) debe abonarse.

¿Tengo que registrar que recibí el envío en la web de ARCA?

No es necesario. Solo en los casos en que el envío es por Correo Argentino.


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