La Unión del Comercio, la Industria y la Producción de Mar del Plata (UCIP), en virtud de las consultas que se realizan, debido a lo establecido en el Decreto 149/2025, informa que el Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) publicó un comunicado en el que señala que las contribuciones se mantienen para empleadores de la actividad comercial.
El decreto, del 5 de marzo de este año, señala que, a partir del 3 de junio, “las convenciones colectivas de trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.
Debido a diversas interpretaciones sobre el tema, el INACAP publicó el siguiente comunicado:
“A los señores aportantes al INSTITUTO ARGENTINO DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL Y TECNOLÓGICA PARA EL COMERCIO:
Informamos por medio del presente que, en el día de la fecha, el INACAP ha sido notificado mediante oficio judicial, librado en los autos caratulados “CENTRO COMERCIAL E INDUSTRIAL DE LANÚS S/ PRETENSIÓN ANULATORIA – OTROS JUICIOS” (EXPTE. Nº AL-20.042-2025)…
En ese sentido, en las Resoluciones de fecha 3/06/2025 y 4/06/2025, ha decretado que “Conforme lo establecido en el segundo párrafo del punto 1 de la Resolución de fs. 33/47, todos los obligados al pago deberán continuar cumpliendo con los mismos, a través del INACAP, a los fines de que la actora mantenga la percepción de sus ingresos”.
Tal como reza el oficio referido, el señor juez remite la notificación, a los fines que por nuestro intermedio, la medida sea comunicada a todos los sujetos afiliados y no afiliados, aportantes al INSTITUTO DE CAPACITACIÓN.
Por lo expuesto y conforme reza la manda judicial, el aporte continúa siendo obligatorio.”