El Gobierno avanza en la desregulación del transporte al eliminar la exigencia de que los micros de larga distancia cubran los riesgos de muerte e incapacidad de los pasajeros dentro del seguro obligatorio.
Esta decisión, comunicada por el Ministerio de Economía a través de la Resolución 775/2024 publicada este jueves en el Boletín Oficial, se enmarca en el principio de desregulación establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70, promulgado en diciembre de 2023 al inicio de la gestión de Javier Milei.
La normativa deroga la Resolución 684, sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández, que extendía el seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos de muerte e incapacidad de los pasajeros en accidentes ocurridos en servicios de transporte automotor interurbanos de larga distancia.
Con la eliminación de esta regulación, también se suprime la obligación de las empresas de transporte de informar en los boletos el costo del seguro, disposición que había sido implementada para dejar constancia del alcance de la cobertura otorgada a los pasajeros.
De esta manera, las compañías del sector solo estarán obligadas a ofrecer a los pasajeros los seguros básicos que tengan contratados, lo que podría traducirse en una reducción de las tarifas al eliminarse el costo de la cobertura ampliada.
El Ministerio de Economía, dirigido por Luis Caputo, explicó que la eliminación de esta medida se realizó tras considerar la opinión de la Dirección Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, que evaluó la compatibilidad de las disposiciones del DNU 70/2023 con la normativa vigente desde octubre de 2022.
En este sentido, la Secretaría de Transporte consideró necesario armonizar la reglamentación vigente con el principio de desregulación previsto en el artículo 2° del DNU 70/2023, priorizando los principios de apertura y competencia que promueve el Gobierno Nacional.
Por lo tanto, se consideró pertinente derogar el régimen de ampliación del seguro de vida obligatorio para el transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional.
Finalmente, el texto oficial recordó que el mencionado DNU establece el principio de desregulación, señalando que «el Estado Nacional promoverá y garantizará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo«.
En este marco, se establece que «para cumplir con este objetivo, se implementará la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional, eliminándose todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como cualquier exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o limite la interacción espontánea de la oferta y la demanda». (NA)