El Consejo Federal Pesquero dispuso las cantidades máximas de captura para la viera patagónica, para las campañas de pesca del año en curso y el próximo en la Unidad de Manejo C, y realizó modificaciones al Régimen de Cuotas Transferibles de Captura (CITC) para la merluza, a través de las resoluciones 5/2023 y 6/2023 publicadas en el Boletín Oficial.

A partir de la nueva normativa, se estableció la Captura Máxima Permisible (CMP) de la vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) en 18.727 toneladas para la Unidad de Manejo (UM) C para el periodo comprendido entre el 1° de enero último y el 31 de diciembre de 2024.

La normativa aclara que, dentro de la zona comprendida por dicha unidad de manejo, habrá dos áreas (C1 y C2) donde la captura estará prohibida durante el periodo y cuyas coordenadas están especificadas en el anexo que la acompaña.

Los reglamentos de prohibiciones y de capturas máximas buscan dar una mayor previsibilidad y facilitar los aspectos operativos de la actividad; y se basan en un informe técnico del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep), que toma en cuenta un análisis en buques de los bancos y la biomasa de la especie.

Las áreas con permiso de explotación y las de cierre tienen en cuenta, por ejemplo, la densidad de ejemplares comerciales por kilómetro cuadrado, prohibiéndose en algunos casos para proteger la evolución en talla de los ejemplares y favorecer la recuperación de sectores con bajas densidades.

El objetivo de su demarcación es orientar las capturas hacia determinadas áreas que cuentan con mayoría de ejemplares de longitud comercial y, a la vez, una densidad igual o superior a las 10 toneladas por kilómetro cuadrado.

Además de fijar las capturas máximas de la vieira, el Consejo Federal Pesquero también modificó el Régimen específico de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la merluza común (Merluccius hubbsi).

Al igual que en años anteriores, se decidió incorporar una modificación que habilita la puesta a disposición del volumen que el titular de la CITC estimaba no capturar, para que este sea integrado a la Reserva de Administración de la especie, con un tope máximo del 50% de la CITC.

El objetivo, señalan los considerandos, es “lograr el máximo desarrollo sostenible de la actividad”, afirmando que, tanto en 2021 como en 2022, la medida demostró “su efectividad a los fines de mantener y aumentar la mano de obra empleada en las plantas de procesamiento en tierra, como así también asegurar la continuidad de esta actividad durante todo el año”.

Las presentaciones por parte de los titulares se podrán realizar por medio de la plataforma TAD disponible en tramitesadistancia.gob.ar a partir del 1° de junio y hasta el 21 de julio.

El Consejo Federal asignará luego los volúmenes de la Reserva de Administración, teniendo en cuenta el volumen solicitado, el consumo de la cuota del buque y de la empresa, priorizando el abastecimiento de materia prima a las plantas de procesamiento. (Telam)


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