La justicia de Garantías dictó la orden de desalojo y restitución de un predio de cuatro hectáreas ocupado días atrás por al menos 30 familias en la ciudad de Mar del Plata, tras el pedido realizado en ese sentido por parte de la fiscalía que interviene en el caso, luego de que fracasara una instancia de mediación abierta con los propietarios de los terrenos, informaron fuentes judiciales.

La medida no será ejecutada de manera inmediata, de todos modos, sino que deberá ser confirmada previamente por la Cámara de Apelaciones local, según la resolución del juez Gabriel Bombini, titular del Juzgado de Garantías 5.

Bombini hizo lugar al pedido del fiscal Juan Pablo Lódola, titular de la Unidad Funcional de Instrucción 12 especializada en usurpaciones, quien el último lunes había solicitado la liberación y restitución de los terrenos, ubicados en el barrio Las Heras, en la zona sudoeste de la localidad balnearia.

La solicitud del fiscal se produjo tras el fracaso de la instancia de mediación penal abierta entre las familias que llevan adelante la toma y las personas que presentaron títulos de propiedad del lugar.

Lódola sostuvo en su pedido ante la justicia de Garantías que la ocupación se inició entre la tarde del último martes 14 y la del miércoles 15, que se realizó a través del uso de «violencia y amenazas», ya que consideró acreditado que en el lugar fue arrancado un cartel de venta del predio, colocado por una inmobiliaria, y que «los ocupantes tomaron los terrenos a sabiendas de que los mismos no les pertenecen y en distintos horarios incluyendo la noche».

Bomibini hizo lugar al requerimiento de «restitución provisional» del terreno a sus propietarios, y emitió la orden de desalojo y un «acta conminatoria», «instando a todo ocupante al retiro voluntario de los inmuebles» en el término de 48 horas.

En ese sentido, sostuvo que «más allá de la necesidad de evitar la criminalización en este tipo de episodios que comprometen reclamaciones colectivas de derechos básicos», en este caso «no puede admitirse la prolongación» de la toma, que perjudica los derechos de terceros ajenos a tales carencias o deficiencias y por lo tanto corresponde hacer lugar a la medida de restitución» solicitada.

En su escrito de 21 páginas, al que tuvo acceso Tèlam, resolvió además que la fiscalía notifique a la Defensoría del Pueblo, a la Secretaría de Derechos Humanos, al Ministerio de Desarrollo Social provincial y a las áreas municipales correspondientes «a los fines de facilitar el abandono pacífico de los inmuebles por los ocupantes».

Solicitó a su vez que estos organismos «procuren a través de los distintos recursos o dispositivos estatales o comunitarios que puedan encontrarse disponibles, garantizar en la emergencia una solución habitacional provisional respecto de aquellas personas, o grupos familiares con integrantes menores de edad que se encuentren en las situaciones más críticas», y que no cuenten con «soporte o apoyo familiar o nuclear mínimo».

El juez autorizó también a la fiscalía a fijar una guardia policial en el lugar en caso de considerarlo conveniente, para evitar que otras familias se instalen en el predio y se sumen a las 94 personas que lo hicieron inicialmente, según un relevamiento realizado por el área de Desarrollo Social comunal.

En caso de que los terrenos sigan ocupados cumplidas las 48 horas desde la ejecución de la medida, serán liberados con intervención de «la fuerza pública mínima y que sea estrictamente necesaria, y proporcional al desalojo de los ocupantes, y sus condiciones personales, y respetando estrictamente» el protocolo previsto para este tipo de casos por la Suprema Corte bonaerense.

En línea con el pedido del fiscal, Bombini indicó que el procedimiento debe realizarse de día y que en caso del uso de la fuerza, se debe actuar «con el mayor cuidado de la integridad física de las personas que ocupen el predio y de sus bienes».

El juez puntualizó que su resolución «comenzará a ser ejecutada una vez que se haya garantizado el derecho a la doble instancia», por lo que deberán cumplirse los plazos previstos para una eventual apelación por parte de las familias denunciadas y luego aguardarse la resolución de la Cámara de Apelaciones y Garantías local.

En noviembre último, se produjo una toma en un predio municipal ubicado a unos 500 metros, que se desactivó de manera pacífica, luego de que la justicia de Garantías ordenara el desalojo por tratarse de un terreno inundable, utilizado por Obras Sanitarias Sociedad de Estado como reservorio en caso de lluvias. (Telam)


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