El Gobierno dispuso aumentar los controles sobre las distribuidoras del servicio de gas por redes, a efectos de fiscalizar «que se esté facturando correctamente a los usuarios». Las licenciatarias del servicio de distribución de gas por redes deberán presentar al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) un informe pormenorizado e individualizado del estado de situación comercial, técnica, económica y financiera, respecto de cada una de las subdistribuidoras de su área licenciada, en el plazo de 15 días hábiles de ser notificada.

Así lo estableció la Resolución 322/2021 del Enargas, publicada este martes en el Boletín Oficial. El organismo estableció que ese informe deberá contener asimismo un diagnóstico y perspectiva sugerida. De acuerdo con el texto oficial, a efectos de controlar que se esté facturando correctamente a los usuarios en orden a su categoría y zona tarifaria, la Gerencia de Protección al Usuario (Enargas) efectuará una Auditoría de Aplicación de Cuadros Tarifarios.

La auditoría incluye la verificación de los días incluidos en el período de consumo comprendido entre las fechas de lectura de medidor, en función del ciclo de lectura de los usuarios (bimestral o mensual). También, la correcta asignación del consumo del período a la liquidación de servicio público, en orden al esquema de emisión de factura mensual y la aplicación de los cuadros tarifarios vigentes en función de la categoría del usuario y la subzona tarifaria.

Para las subdistribuidoras alcanzadas por el régimen de Zona Fría, se deberá verificar la «efectiva y correcta implementación del régimen en la facturación a los usuarios y usuarias», y las leyendas obligatorias que la que la liquidación de servicio público debe contener.

Por su parte, la Gerencia de Desempeño y Economía del Enargas deberá realizar un relevamiento de los tres últimos estados contables de las subdistribuidoras, para evaluar la situación económica financiera de esas compañías, incluyendo la gestión de endeudamiento, ya sea a nivel societario o bien a nivel segmento en aquellos casos donde la prestadora adicionalmente provea otros servicios. Asimismo, se relevarán las erogaciones contenidas en el anexo de gastos, y para ello, se deberá requerir información de detalle, entre otros puntos.

El Enargas justificó los mayores controles al señalar que «no quedan dudas de que corresponde a este ente regulador, en el marco de su competencia, definir los derechos de los sujetos involucrados en la prestación del servicio respectivo mediante la aplicación de las normas legales, reglamentarias y en su caso, contractuales (licencias) correspondientes».

«Los subdistribuidores son responsables de la prestación regular y continua del servicio público de distribución de gas y, en ese sentido, sus decisiones de gestión de negocios y/o empresariales no deben ocasionar perjuicios a los usuarios, como así tampoco limitar o afectar las obligaciones que les impone el Marco Regulatorio de la Industria del Gas», añadió el organismo. (NA)


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