El Ministerio de Salud y el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad aseguraron que realizarán «todas las acciones necesarias» para asegurar el cumplimiento de la Ley IVE tras el anuncio de apelación a la resolución de un juez federal marplatense que ordenó suspender su ejecución en todo el país.
«Se realizarán todas las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de una ley votada por el Congreso de la Nación, que significa reducir las desigualdades que terminan en muertes, enfermedades y otros daños», indicaron ambos ministerios en un comunicado.
El Estado nacional apelará la decisión del Juez federal Alfredo Eugenio López, titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata, que decretó la inaplicabilidad de la Ley N° 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en hospitales nacionales.
La Ley N° 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021, está en vigencia en todo el territorio nacional.
El pasado 28 de mayo, además, fue aprobado mediante la Resolución ministerial 1531/2021 el protocolo para la atención integral que ofrece una guía a los equipos y establecimientos de salud para que cumplan con la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y atención posaborto.
El ministerio de Mujeres afirmó que la apelación del Estado Nacional forma parte “del compromiso del Estado argentino con el cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos establecidos en el marco jurídico nacional, específicamente, en la Constitución nacional, Tratados Internacionales de Derechos Humanos, el Código Penal y el Código Civil y Comercial de la Nación, así como por todas las leyes concordantes de protección de pacientes, mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, entre otras”.
La ministra Elizabeth Gómez Alcorta, anunció a través de su cuenta oficial de Twitter,la apelación «no solo es una norma legítima» sino que «además, tiene una solidez convencional inobjetable».
A cuatro meses de la promulgación de la ley de IVE, el juez López ordenó al Estado Nacional que suspenda la aplicación de la Ley 27.610, por considerar que viola la «protección integral de la vida desde la concepción».
En su sentencia, el juez ordenó no solo la suspensión sino también del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo, aprobado a fines de 2019 por el Poder Ejecutivo.
El sitio Palabras del Derecho reprodujo la resolución del juez López, la cual remite a una sentencia de la Corte Suprema de 1980, según la cual “la vida es el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución nacional”, en referencia al pedido de unos padres para transplantar un riñón de una hija menor a otro hijo.
López consideró asimismo procedente la cautelar porque la Ley de IVE y el Protocolo «afectan y ponen en peligro la vida, dignidad y derecho del niño por nacer, como de su madre gestante».
Agrega que el peligro en la demora se ve cumplido en tanto «un número imponderable de niñas y niños por nacer pueden sufrir su muerte desde este mismo momento y la sentencia definitiva que se dicte en la presente acción no podrá remediar su situación en virtud del tiempo transcurrido en la sustanciación del caso de autos».
Así, concluye con que están en riesgo el derecho a la vida reconocido en la Constitución nacional, en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y de la Convención Americana de Derechos Humanos. (Telam)