El Gobierno bonaerense formalizó la autorización del desarrollo del turismo a partir del 1 de diciembre próximo y hasta el 4 de abril de 2021 en los municipios de la provincia de Buenos Aires que se encuentren alcanzados por la medida de distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO) en el marco de la pandemia de coronavirus.

Lo hizo a través de la resolución conjunta 109 de Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Producción bonaerense, en la que se planteó que el inicio y la continuidad esas actividades «quedarán sujetos al estricto cumplimiento de los protocolos que oportunamente aprueben» las autoridades de la provincia de Buenos Aires.

Se aclaró en la medida que, «a efectos del desarrollo del turismo y sus actividades afines, será obligatorio que los habitantes que prevean viajar con fines turísticos cuenten con el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19», que deberá ser tramitado en el sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.

El certificado será válido «únicamente para el ingreso y permanencia en el distrito para el cual se hubiera expedido y por el plazo declarado y autorizado en virtud del mismo».


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