El Tribunal en lo Criminal n° 2 Deptal. dictó sentencia en el segundo juicio oral llevado a cabo contra Analía Verónica Schwartz por los delitos de abusos sexuales agravados y corrupción agravada de menores de edad.

Antes de comunicar la decisión adoptada, de condenar a Analía Verónica Schwartz a la pena de 10 años de prisión, los jueces dirigieron unas palabras a los niños, padres y público en general, con el propósito de dar a entender cómo se lleva a cabo y cómo se resuelve un juicio oral, o sea, qué es lo que deben hacer los jueces en un juicio.

Los magistrados remarcaron en primer lugar que «es importante que puedan entender cómo funciona o cómo es la labor de los jueces en un juicio oral. Los abogados que acusan (la Fiscal y los que han elegidos algunos de sus padres) han venido a juicio a intentar demostrar que la imputada llevó a cabo las conductas por muchos de ustedes contadas; mientras que la defensa siempre sostuvo que se trató de algún mal entendido, porque su defendida no habría hecho nada de aquello por lo que se la acusa».

Tras lo explicado, indicaron que «la labor de los jueces no pasa por creerles o no a los chicos, a los padres, a los maestros…a nadie. Repito: no pasa por creer o no creer lo que se diga durante el juicio».

«Nuestra labor está basada en escuchar, analizar y valorar las pruebas que los abogados traen al juicio y, a partir de ello, llegar a una conclusión, dándole razón (total o parcialmente) a alguna de las hipótesis planteadas por ellos», agregaron.

Esta explicación de los jueces surgió a raíz que «muchos de sus padres nos han dicho que varios de ustedes se preguntaban cómo podía ser que los jueces no les crean; por eso consideramos muy importante explicarles que no se trata de creerles o no, se trata de que los abogados debían traer al juicio la prueba que respalde cada uno de los dichos de ustedes y los de sus padres; mientras que la defensa debía traer prueba de todo lo contrario o, al menos, prueba que pusiera en duda la versión de la acusación».

«Ello se debe a que para condenar a una persona -por el delito que sea- los jueces deben tener frente a sí la prueba certera de que los hechos ocurrieron en ese sentido, ya que si alguna duda tienen al respecto, tienen la obligación que les impone la ley de no condenar a la persona que se esté acusando, aún en los casos en que los jueces creamos que lo que ustedes nos han contado sea cierto», precisaron los integrantes del Tribunal.

Más adelante, afirmaron estar «convencidos que en todo este tiempo han sufrido una enorme angustia, ya que muchas de las personas referentes en su formación no les han creído».

«En definitiva, esperamos que ahora sí entiendan cómo funciona este sistema y cómo hemos llevado a cabo nuestra labor, que es todo lo que está a nuestro alcance poder realizar, ya que la angustia y dolor que seguramente han sufrido, sólo el transcurso del tiempo y la contención de sus seres queridos hará que vayan disminuyendo hasta desaparecer”, concluyeron.


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