«El artículo 101 del Código Nacional Electoral establece que aunque el número de la boleta esté lesionado, son válidas las boletas cuando tienen las categorías y la agrupación política legible», se informó.
«El artículo 101 del Código Nacional Electoral establece que aunque el número de la boleta esté lesionado, son válidas las boletas cuando tienen las categorías y la agrupación política legible», se informó.